Requisitos académicos para el curso 2013-2014.
A partir del curso 2013-2014, para la obtención de cualquier componente de beca, quienes se matriculen por primera vez en primer curso de estudios de Grado deberán acreditar una nota de acceso a la Universidad de 6,50 puntos, con exclusión de la calificación obtenida en la fase específica para tener acceso a cuantía fija, variable y residencia y 5,50 para tener acceso a solo la ayuda de matrícula.
Los solicitantes de segundos y posteriores cursos de enseñanzas universitarias deberán haber superado en los últimos estudios cursados los siguientes porcentajes de los créditos matriculados:

Rama de conocimiento Porcentaje de créditos a superar para cuantía fija, variable y residencia. Porcentaje de créditos a superar para solo ayuda de matrícula  
Artes y Humanidades 100 % 90 %  
Ciencias 100 % 65 %  
Ciencias Sociales y Jurídicas 100 % 90 %  
Ciencias de la Salud 100 % 80 %  
Enseñanzas técnicas 85 % 65 %  


Alternativamente, los solicitantes de segundos y posteriores cursos que no superen el porcentaje de créditos establecido en el párrafo anterior deberán haber superado en los últimos estudios cursados los siguientes porcentajes de créditos y haber alcanzado las siguientes notas medias de las asignaturas superadas:

Rama de conocimiento Porcentaje de créditos a superar Nota media en las asignaturas superadas  
Artes y Humanidades 90 % 6,50 puntos  
Ciencias 80 % 6,50 puntos  
Ciencias Sociales y Jurídicas 90 % 6,50 puntos
Ciencias de la Salud 80 %  6,50 puntos  
Enseñanzas técnicas 65 % 6,00 puntos  

Los estudiantes de primer curso de Másteres que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada deberán acreditar una nota media de 6,50 puntos en los estudios previos que les dan acceso al máster. En los restantes estudios de máster dicha nota media será de 7,00 puntos. A estos efectos, las notas medias procedentes de estudios de enseñanzas técnicas se multiplicarán por el coeficiente 1,17.
Los estudiantes de segundo curso de Másteres que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada deberán acreditar una nota media de 6,50 puntos en primer curso. En los restantes estudios de máster dicha nota media será de 7,00 puntos. En ambos casos se requerirá haber superado la totalidad de los créditos del primer curso

si tienes de matricula parcial:

Para mantener la beca en el siguiente curso deberán aprobar la totalidad de los créditos en que hubieran estado matriculados.

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¿Qué tipos de becas existen? (oferta de becas por órgano convocante)

Que tramitemos en el Negociado de Becas: Beca General del MECD,  Beca de Colaboración del MECD y Beca Séneca.  Más información en: http://www.ull.es/becas/institucional/ull/MEC/es/mec

 

Otras becas: Cabildos, Ayuntamientos, Becas de Postgrado, etc. (podrás obtener información en los respectivos Organismos convocantes, en el SIO de esta Universidad y en la página web: http://www.ull.es/becas/institucional/ull/Otras_2/es/otras

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COMPONENTES Y CUANTÍAS DE LA BECA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

MATRÍCULA

Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.500 euros

Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.500 euros

Cuantía variable cuyo importe mínimo será de 60 euros

domicilio personal o familiar en la España insular o en Ceuta o Melilla

 

CUANTÍAS DE LA BECAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

 

 

MATRÍCULA

La beca de matrícula comprenderá el precio público oficial de los servicios académicos universitarios correspondiente a los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2012-2013.
No formarán parte de la beca de matrícula aquellos créditos que excedan del mínimo necesario para obtener la titulación de que se trate.
En el caso de los estudiantes de universidades privadas, la cuantía de esta beca será igual al importe de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de su misma comunidad autónoma, con las condiciones establecidas en los párrafos anteriores.

 

Los beneficiarios de beca con domicilio personal o familiar en la España insular o en Ceuta o Melilla que cursan sus estudios en su misma comunidad autónoma pero que se vean en la necesidad de utilizar transporte marítimo o aéreo para acceder al centro docente en que cursen sus estudios desde su domicilio, dispondrán de 442,00 euros más sobre la cuantía de la beca que les haya correspondido.

            Esta cantidad adicional será de 623,00 euros para los becarios con residencia familiar en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, Gomera, Hierro y La Palma, Menorca y las Pitiusas

 

Cuantía fija ligada a la RESIDENCIA 1.500€

Para la adjudicación de la cuantía ligada a la residencia del estudiante durante el curso se requerirá que el solicitante acredite la necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante el curso, por razón de la distancia entre el mismo y el centro docente, los medios de comunicación existentes y los horarios lectivos. A estos efectos, se considerará como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante.

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Cuantía fija ligada a la renta 1.500€

Se asignará a los alumnos cuyas rentas que no superen el umbral 1

 

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Cuantía variable, cuyo importe mínimo será de 60 euros.

El crédito disponible para la convocatoria del curso escolar 2013-2014 de becas y ayudas
al estudio de carácter general se asignará en primer lugar a la cobertura de las becas básicas,
de las becas de matrícula y de las cuantías fijas ligadas a la renta y a la residencia del
solicitante , así como a las cuantías adicionales.
El crédito restante se asignará a la cobertura de la cuantía variable, que se distribuirá
entre los solicitantes en función de la renta familiar y del rendimiento académico de los
estudiantes, mediante la aplicación de la fórmula establecida en el Real
Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre.

Para la concesión de la cuantía variable, la renta del solicitante no podrá superar el
umbral 2 de renta familiar establecido en este real decreto.

 

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Medidas específicas para compensar las desventajas de los estudiantes universitarios con discapacidad.

. El número de créditos del que deban quedar matriculados y que deban superar los solicitantes de becas y ayudas al estudio se establecerá en las convocatorias correspondientes y se minorará en el caso de los estudiantes afectados de discapacidad legalmente calificada, reduciéndose la carga lectiva necesaria para cumplir el requisito de matriculación en un 50%, como máximo, cuando el solicitante esté afectado de discapacidad de grado igual o superior al 65%.

. Las cuantías fijas de las becas y ayudas al estudio establecidas para los estudiantes universitarios se podrán incrementar hasta en un 50% cuando el solicitante esté afectado de una discapacidad de grado igual o superior al 65%, legalmente calificada..

. No se concederán ayudas cuando los gastos a los que atienden se hallen cubiertos suficientemente por servicios o fondos públicos.

 

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¿se pueden pedir otras becas además de la del MEC?

«Las becas y ayudas al estudio reguladas en el Real Decreto  serán incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma naturaleza y finalidad, salvo que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte declare la compatibilidad en casos suficientemente motivados.»

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¿Hay ayudas para el Proyecto Fin de Carrera?

Sí.

Los beneficiarios universitarios de la beca de proyecto fin de carrera podrán obtener la beca de matrícula y la cuantía variable mínima.

 

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Si sólo me matriculo de Complementos de Formación, tengo derecho a beca?

Complementos de formación.

Quienes cursen complementos de formación podrán obtener la beca de matrícula y la cuantía variable mínima.

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¿Cuántas becas en total puedo tener en toda la carrera

las que compongan el plan de estudios

En aquellos supuestos en los que los requisitos y condiciones aplicables permitan el disfrute de becas y ayudas al estudio durante uno o dos años más de los establecidos en el plan de estudios de la correspondiente titulación universitaria, la convocatoria podrá establecer que la cuantía de las becas y ayudas al estudio que se concedan para el último de estos cursos adicionales sean del 50% de las que hubieran correspondido al solicitante, con excepción de la beca de matrícula que cubrirá la totalidad de los créditos de los que se matricule por primera vez.

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¿Cuáles son los requisitos económicos que debo cumplir?

Requisitos económicos: UMBRALES DE RENTA NO SUPERABLES POR LA UNIDAD FAMILIAR DURANTE EL EJERCICIO 2012.

  umbral 1 umbral 2 umbral 3

Familias de un miembro

 3.771,00 euros

13.236,00 euros

14.112,00 euros

Familias de dos miembros

 7.278,00 euros

22.594,00 euros

24.089,00 euros

Familias de tres miembros

 10.606,00 euros

30.668,00 euros

32.697,00 euros

Familias de cuatro miembros

 13.909,00 euros

36.421,00 euros

38.831,00 euros

Familias de cinco miembros

 17.206,00 euros

40.708,00 euros

43.402,00 euros

Familias de seis miembros

 20.430,00 euros

43.945,00 euros

46.853,00 euros

Familias de siete miembros

 23.580,00 euros

47.146,00 euros

50.267,00 euros

Familias de ocho miembros

 26.660,00 euros

50.333,00 euros

53.665,00 euros

 

UMBRAL AYUDAS
3 MATRÍCULA      
2 MATRÍCULA RESIDENCIA
(1.500 €)
CUANTÍA VARIABLE
(60 € mínimo)
 
1 MATRÍCULA RESIDENCIA
(1.500 €)
CUANTÍA VARIABLE
(60 € mínimo)
C. FIJA RENTA
(1.500 €)

y de patrimonio.

1. Se denegará la beca, cualquiera que sea la renta familiar calculada según lo dispuesto en los artículos anteriores, cuando el valor de los elementos indicativos del patrimonio del conjunto de miembros computables de la familia supere alguno o algunos de los umbrales siguientes:

a) La suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, excluida la vivienda habitual, no podrá superar 42.900,00 euros. En caso de inmuebles en los que la fecha de efecto de la última revisión catastral estuviera comprendida entre el 1 de enero de 1990 y el 31 de diciembre de 2002 se multiplicarán los valores catastrales por 0,49. En el caso de que la fecha de la mencionada revisión fuera posterior al 31 de diciembre de 2002, los valores catastrales se multiplicarán por los coeficientes siguientes:

§         Por 0,43 los revisados en 2003

§         Por 0,37 los revisados en 2004

§         Por 0,30 los revisados en 2005

§         Por 0,26 los revisados en 2006

§         Por 0,25 los revisados en 2007

§         Por 0,25 los revisados en 2008

§         Por 0,26 los revisados en 2009

§         Por 0,28 los revisados en 2010

§         Por 0,30 los revisados en 2011

            En los inmuebles enclavados en la Comunidad Foral de Navarra, el valor catastral se multiplicará en todo caso por 0,50.

            b) La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, no podrá superar 13.130 euros por cada miembro computable.

            c) La suma de los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a los miembros computables de la familia, excluyendo las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual y, en su caso, la renta básica de emancipación, no podrá superar 1.700 euros.

No se tendrán en cuenta a los efectos previstos en este apartado los premios en metálico o en especie obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias hasta el límite de 1.500 euros.

            Estos elementos indicativos de patrimonio se computarán, conforme a lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por su valor a 31 de diciembre de 2010.

2. Cuando sean varios los elementos indicativos del patrimonio descritos en los apartados anteriores de que dispongan los miembros computables de la familia, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento respecto del umbral correspondiente. Se denegará la beca cuando la suma de los referidos porcentajes supere cien.

No obstante, si una vez resulta la convocatoria el número de becarios resultase inferior al del curso 2010-2011 incrementado en un 10 por ciento, se podrá determinar que no se aplique lo dispuesto en este apartado.

            3. También se denegará la beca o ayuda al estudio solicitada cuando las actividades económicas de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un total de ingresos computables de actividades económicas en estimación directa y en actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva, en 2010, superior a  155.500 euros.

            4. A los efectos del cómputo del valor de los elementos a que se refieren los párrafos anteriores, se deducirá el 50 por ciento del valor de los que pertenezcan a cualquier miembro computable de la familia, excluidos los sustentadores principales.

            5. La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización a las administraciones educativas para obtener los datos necesarios para determinar la renta y el patrimonio a efectos de beca a través de las correspondientes administraciones tributarias.

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¿Qué circunstancias tengo que justificar cuando alego en la beca que soy independiente?

Según la convocatoria beca MEC:

            En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia, por lo que para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia.

 Tratándose de estudiantes independientes, se entenderá por domicilio familiar el que el alumno habita durante el curso escolar por lo que no procederá la concesión del componente de residencia ni de las becas de movilidad, al coincidir en estos casos la residencia del estudiante durante el curso con su domicilio familiar.

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¿Me pueden quitar la beca que me han concedido?

Se comprobará que los alumnos han destinado la beca o ayuda a la finalidad para la que se concede, entendiéndose por tal la matriculación, asistencia a clase, presentación a exámenes, abono, en su caso, de los gastos para los que se hubiere concedido, así como la prestación del servicio o realización de la práctica que hayan motivado su concesión. Los beneficiarios de dichas becas, deberán, además, superar como mínimo el 50 por 100 de los créditos o asignaturas en que se hubieren matriculado. El incumplimiento de esta última obligación comportará el reintegro de todos los componentes de la beca con excepción de la beca de matrícula.

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  me he cambiado de estudios ¿puedo tener beca en los nuevos estudios?

    

. Cuando se produzca un cambio de estudios universitarios cursados total o parcialmente con condición de becario, no podrá obtenerse ninguna beca en los nuevos estudios hasta que el número de cursos matriculados en éstos sea superior al número de años en que se disfrutó de beca en los estudios abandonados.

      . En el supuesto de cambio de estudios cursados totalmente sin condición de becario, se considerará a estos efectos como rendimiento académico que debe cumplir el solicitante para obtener beca en los nuevos estudios, el requisito académico que hubiera debido obtener en el último curso de los estudios abandonados, con excepción de quienes concurran a mejorar la nota de la prueba de acceso a la universidad que podrán hacer uso de esta última calificación.

       . No se considerarán cambios de estudios las adaptaciones a nuevos planes de las mismas enseñanzas, debiendo, en todo caso, cumplirse los requisitos académicos establecidos con carácter general.


 
 
 
 
 
 
 
 
 
Negociado de Becas
Universidad de La Laguna